Diferencias científicas entre la coca y la cocaína respaldan la reforma de las políticas de drogas

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Diferencias científicas entre la coca y la cocaína respaldan la reforma de las políticas de drogas

15 octubre 2025
Dawson M. White
Ricardo Soberón Garrido
Caroline S. Conzelman
Wade Davis
Claude Guislain
Anthony Henman
Orlando Adolfo Jara-Muñoz
Martin Jelsma
Susana Mejía,
Daniel Montoya-Cataño
Oscar Alejandro Pérez-Escobar
David Alfonso Restrepo
Yenny Alejandra Saavedra-Rojas
Imika Tariru

El arbusto de coca —una planta cultivada sagrada de Sudamérica— está clasificado junto con la cocaína y la heroína como una sustancia controlada de la Lista I según el derecho internacional. Esta clasificación, junto con los múltiples efectos de la prohibición, han fomentado la percepción general de que la coca y su alcaloide purificado, la cocaína, son lo mismo. Sin embargo, esta confusión oculta un contraste marcado: mientras que los 165 años de historia de la cocaína han estado caracterizados por riesgos para la salud y problemáticas sociales, el uso de la hoja de coca ha desempeñado un papel positivo en las sociedades andinas y amazónicas durante miles de años. Diversos estudios en las ciencias biológicas y sociales corroboran que la hoja de coca es un estimulante benigno, no adictivo y culturalmente vital, profundamente diferente de su derivado purificado. El Comité de Expertos de la Organización Mundial de la Salud sobre la Dependencia de Drogas (ECDD, por sus siglas en inglés) está revisando actualmente los efectos de la coca sobre la salud, ofreciendo una oportunidad inusual para corregir esta clasificación errónea y alinear la política internacional de drogas con la evidencia científica y la realidad social.

Bajo la Convención Única de las Naciones Unidas (ONU) sobre Estupefacientes de 1961, los cultivos de coca y sus parientes silvestres son tratados legalmente como narcóticos de la Lista I y están prohibidos para su uso y cultivo. La convención define “coca” como todos los miembros del género Erythroxylum, un grupo de alrededor de 285 especies de plantas relacionadas filogenéticamente con los manglares rojos, que crecen en los bosques tropicales del mundo. Este amplio marco legal criminaliza a más de 11 millones de sudamericanos, en su mayoría indígenas y mestizos, cuyas formas de vida están estrechamente ligadas al cultivo y uso tradicional de la coca, en tanto que restringe la investigación científica sobre uno de los grupos de plantas más importantes culturalmente y más interesantes desde el punto de vista farmacológico del mundo. Las políticas sobre la coca han apuntado a pueblos específicos y a sus prácticas culturales, una distinción que permite la aplicación de marcos internacionales como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (UNDRIP), el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales, y el Protocolo de Nagoya del Convenio sobre la Diversidad Biológica, los cuales afirman los derechos indígenas sobre el territorio, los saberes tradicionales y el patrimonio biocultural.

La próxima recomendación del ECDD a la Comisión de Estupefacientes de la ONU considera cinco criterios establecidos: química, farmacología, toxicología, uso terapéutico/tradicional y epidemiología. Entre ellos, el criterio de uso tradicional ofrece un enfoque particularmente adecuado y subutilizado para evaluar la coca en sus propios términos científicos y culturales. Ofrecemos aquí una síntesis de la evidencia científica y de las consideraciones prácticas para respaldar la exclusión de la hoja de coca de las listas de control y la implementación de políticas más informadas y equitativas.