A 25 años de la sentencia C-221/94 en Colombia: una oportunidad perdida

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A 25 años de la sentencia C-221/94 en Colombia: una oportunidad perdida

7 mayo 2019

Por Rodrigo Uprimny Yepes

Hace 25 años, Colombia tuvo la gran oportunidad de adoptar una política más humana, eficaz y democrática frente al problema del abuso de sustancias psicoactivas; pero malgastamos esa ocasión.

La oportunidad fue la sentencia C-221/94 de la Corte Constitucional, que hace exactamente 25 años declaró inconstitucionales las normas que penalizaban con cárcel el consumo de sustancias psicoactivas ilegales, como la cocaína o la marihuana.

El argumento esencial de la Corte fue que esas normas violaban la autonomía y el libre desarrollo de la personalidad, pues la conducta del consumidor no afecta, en sí misma, derechos de otras personas, por lo que no podía ser penalizada, puesto que un Estado democrático, respetuoso de la libertad y del pluralismo, no puede imponer a la brava modelos de virtud, ni penalizar a un individuo por hacerse daño a sí mismo. Esto obviamente no excluye que se puedan castigar las eventuales conductas peligrosas cometidas por los consumidores de droga, como conducir bajo los efectos de la marihuana o del alcohol; pero se les sancionaría por esas conductas, mas no por ser consumidores.

Esa sentencia abría el paso a que Colombia desarrollara frente a las drogas una política de salud pública respetuosa de los derechos de los consumidores; pero eso no ocurrió porque los gobiernos que siguieron se dedicaron a criticar la sentencia y a intentar repenalizar el consumo. Por ejemplo, el entonces presidente, César Gaviria (quien afortunadamente hoy tiene en este tema posturas más razonables), planteó la realización de un referendo para oponerse a la sentencia. Por su parte, Álvaro Uribe (quien infortunadamente en este tema mantiene sus posturas irrazonables) realizó como presidente varios esfuerzos por repenalizar el consumo, hasta que obtuvo una victoria parcial. En 2009 logró que el Congreso aprobara una reforma constitucional que prohíbe el consumo de sustancias psicoactivas, pero no autoriza la penalización de los consumidores, con lo cual quedamos en una ambigua situación jurídica.

En estos 25 años, la investigación académica y muchas experiencias desarrolladas en ciertos países, como Holanda o Suiza, han agregado a los argumentos de la sentencia C-221/94, que siguen siendo válidos, una evidencia contundente, que refuerza la decisión de la Corte: la penalización del consumo de drogas, que se hace en nombre de la salud, es desastrosa para la salud pública y para los propios consumidores.