Carta del CIDDH sobre la aprobación de la Ley de regulación del mercado del cannabis en Uruguay

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Carta del CIDDH sobre la aprobación de la Ley de regulación del mercado del cannabis en Uruguay

12 diciembre 2013

Un nuevo paradigma para las políticas sobre drogas

El 10 de diciembre del 2013, se aprobó en la Cámara Alta uruguaya el proyecto que regula la venta y habilita al autocultivo de cannabis[1]. El Centro de Investigación “Drogas y DDHH” (CIDDH) se dirige a los expertos y opinión pública, a fin de guiar el debate sobre las drogas y repensar las actuales políticas de drogas en el Perú.

El Gobierno del Uruguay parte del principio que las drogas siempre han existido, existen y seguirán existiendo. Desde una perspectiva científica y empírica, la Ley de regulación de la cannabis se basa en los siguientes paradigmas:

  • El modelo prohibicionista ha fracasado, la política de drogas SÍ debe ser actualizada;
  • Regular el mercado de cannabis SÍ arrebataría un negocio millonario que hoy alimenta la delincuencia y el narcotráfico;
  • El cannabis SÍ tiene probados usos medicinales útiles;
  • El cannabis NO es la puerta de entrada a otras drogas.

¿Regulación o legalización?

Legalizar, en lo que a políticas de drogas se refiere, significa que una sustancia pasa de estar prohibida a estar permitida. Regular significa establecer mecanismos de regulación legal para controlar todos los aspectos del mercado – incluyendo su producción, distribución, venta y posesión de una sustancia.

Así, la regulación del cannabis busca desviar esta sustancia del mercado ilegal al legal alejando a quienes la usan -uno de cada cinco uruguayos, uno de cada tres jóvenes montevideanos- de la oferta de drogas más peligrosas y adictivas[2]. Regular el cannabis permitirá, además, controlar la calidad de la sustancia a fin de prevenir y reducir los daños para la salud, difundir información sobre los riesgos que su consumo genera y garantizar su acceso para su uso medicinal[3].

¿Qué dice la Ley?

El control legal del mercado del cannabis en Uruguay brindará permisos para:

  1. La producción, autorizando a ciertos establecimientos a producir cannabis para uso industrial, personal y medicinal;
  2. La comercialización, habilitando ciertos sitios de venta de cannabis; y
  3. El abastecimiento personal, permitiendo a los usuarios que accedan a la sustancia a sea a través del autocultivo (hasta 6 plantas), de sitios de venta autorizados (hasta 40 gramos por persona por mes), de una autorización del Ministerio de Salud Pública (para uso medicinal), o de clubes de cannabis (cantidad de plantas proporcional al número de miembros).

Finalmente, al igual que con el alcohol y el tabaco, la Ley busca limitar los daños y riesgos asociados al uso del cannabis:

  1. Se prohíbe la venta a menores de edad;
  2. Se sanciona a quienes conducen bajo sus efectos;
  3. Se sanciona a quienes producen sin autorización; y
  4. Se establece normas de consumo en espacios públicos y su publicidad estará prohibida.

¿Y qué hay de Perú?

El Código Penal peruano no criminaliza la posesión de pequeñas cantidades de droga para el uso personal (Art. 299º) – hasta 8 gramos de cannabis. Sin embargo, los efectivos policiales frecuentemente detienen a usuarios de drogas en virtud de la Constitución (art 2.24.f.), la cual señala que en casos de tráfico ilícito de drogas, la detención en Comisaría es de hasta 15 días (24 horas para otros delitos) y como medio para lograr dos objetivos: 1) incurrir en actos de corrupción y/o 2) investigar a los usuarios para que delaten a los micro comercializadores.

En 2012, la PNP ha detenido a 9,107 personas por consumo de drogas de un total de 14,723 personas intervenidas vinculadas al tráfico ilícito de drogas (TID). Es decir que alrededor de dos tercios de las intervenciones policiales dirigidas a la lucha contra el TID están dirigidas a los usuarios de drogas.

¿El Estado de verdad cree que así erradicará el crimen organizado y el tráfico de drogas en el Perú? Recordemos que, hoy en día, el Perú es primer productor mundial de cocaína a pesar de su incansable lucha contra las drogas. Es imprescindible un cambio de rumbo que coloque los derechos, y no los prejuicios y estereotipos, en el punto central de las políticas de drogas.

El debate sobre drogas en el Perú es inexistente y las actuales políticas de drogas se ven debilitadas por la corrupción y la violencia que generan en nombre de un mundo libre de drogas. La guerra contra las drogas ha demostrado su fracaso. Por esa razón, el CIDDH apoya al gobierno y la sociedad uruguaya y cree que es indispensable repensar las políticas de drogas desde una perspectiva de derechos humanos.

Centro de Investigación Drogas y Derechos Humanos CIDDH
(51-1) 444-1496

www.ciddh.com

Lima-Perú

[1] http://www.regulacionresponsable.org.uy/proyectoLeyRegulacion.pdf

[2]http://www.regulacionresponsable.org.uy/

[3]Id.

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