COVID-19: Una posible sentencia de muerte para mujeres tras las rejas en América Latina

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COVID-19: Una posible sentencia de muerte para mujeres tras las rejas en América Latina

5 mayo 2020

Por Coletta Youngers y Teresa García Castro

La pandemia de COVID-19 representa una seria amenaza para la salud y la economía de las comunidades de todo el mundo y la prioridad número uno de los gobiernos debería ser salvar vidas. Sin embargo, para ciertas poblaciones que corren un mayor riesgo de contraer la enfermedad—incluidas las de los centros de detención o las cárceles en América Latina—aun queda mucho por hacer. Las condiciones de las prisiones en América Latina son alarmantes: existe un hacinamiento extremo, infraestructura en ruinas y condiciones sanitarias y servicios de salud terriblemente inadecuados. A medida que el COVID-19 se propaga hacia y dentro de las cárceles, las personas privadas de la libertad se enfrentan a problemas de salud graves y posiblemente mortales. Las preocupaciones son aún más apremiantes para las mujeres, la gran mayoría de las cuales están encarceladas por ofensas de bajo nivel y muchas de ellas están en prisión preventiva.

Es fundamental que los gobiernos de toda la región emprendan las siguientes acciones para proteger las vidas de las mujeres que ahora están tras las rejas y evitar que las poblaciones carcelarias se aumenten aún más a medida que el COVID-19 continúa extendiéndose.

1) Implementar acciones inmediatas para liberar a las mujeres que cumplen con uno o más de los siguientes criterios:

  • Mujeres mayores de 60 años y/o que tengan discapacidades, VIH, inmunodeficiencia, tuberculosis, u otras enfermedades crónicas, u otras afectaciones de salud que las ponen en mayor riesgo.
  • Las mujeres que están embarazadas o amamantando, que tenga hijos o hijas que vivan con ellas en la cárcel, o que tengan hijos o hijas menores, padres o madres ancianos, o familiares con discapacidades que necesiten de su cuidado.
  • Mujeres en prisión preventiva (a menos que cumplan las condiciones para casos excepcionales según lo establecido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos).
  • Mujeres que están en prisión por delitos no violentos, incluidos delitos de drogas.
  • Mujeres que están llegando al final de su condena (según lo permitido en la legislación nacional).
  • Mujeres trans quienes se encuentran en mayor riesgo de experimentar condiciones de encarcelamiento inhumanas e inseguras.

2) Evitar poner más mujeres tras las rejas.

3) Para aquellas mujeres que permanecen en prisión, los gobiernos deberían:

  • Garantizar el acceso a familiares y amigos a través de llamadas telefónicas gratuitas o videoconferencias. Si los que están afuera no pueden traer alimentos o artículos de higiene personal para las personas que están dentro, los gobiernos tienen la obligación de garantizar un suministro adecuado de esos productos para satisfacer las necesidades básicas de todas las personas privadas de la libertad.
  • Poner a disposición pruebas para el COVID-19 a quienes presenten síntomas o hayan estado en contacto con alguien que haya contraído la enfermedad; las personas que necesiten tratamiento médico deben ser transferidas a un hospital o centro de atención médica donde puedan obtener atención profesional.
  • Mejorar las condiciones sanitarias, incluida la provisión de suministros adecuados de agua y jabón, y garantizar un suministro adecuado de productos de higiene menstrual.
  • Proporcionar equipos de protección personal a todas las personas que lo necesiten, incluido el personal de atención médica.

4) Para aquellas mujeres que han sido liberadas de prisión, los gobiernos deberían apoyar su reinserción social garantizando al menos lo siguiente¹

  • Una forma segura de transporte a casa o a una casa intermedia.
  • Suministro inmediato de documentos de identificación oficiales.