Tribunal de Primera Instancia de San Juan desestima las peticiones de Hogares Crea

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Tribunal de Primera Instancia de San Juan desestima las peticiones de Hogares Crea

3 mayo 2016

Por Rafael Torruella y Débora Upegui Hernández

En la tarde de ayer, Intercambios Puerto Rico se apuntó una victoria judicial con la desestimación que hizo el Tribunal de Primera Instancia de las peticiones de interdicto preliminar y permanente que solicitó la organización Hogar Crea, Inc. por la publicación del informe “Humillación y abusos en centros de ‘tratamiento’ para uso de drogas en Puerto Rico”. Hogar Crea demandó en junio de 2015 por libelo, calumnia y difamación a Intercambios PR, y a los psicólogos Débora Upegui-Hernández y Rafael Torruella, director de la organización, por la publicación del reporte.

El informe, publicado hace próximamente un año, presentó un cuadro preocupante de los servicios recibidos en las distintas instituciones de tratamiento para usuarios de drogas en Puerto Rico, que no cumplen con los derechos del paciente de la Ley 408 de Salud Mental y utilizan métodos que no están basados en evidencia científica.

Hogar Crea adjudicó a la publicación y difusión del estudio una supuesta merma en el número de participantes de sus programas residenciales. La petición de que se ordenara el cese de la divulgación en la página Descriminalizacion.org fue catalogada por los abogados de la defensa como una censura previa y un intento de violación de la libertad de expresión, por lo que presentaron una moción de desestimación, la cual fue declarada ha lugar.

El juez Ángel Pagán Ocasio estableció en una sentencia parcial que “al analizar los elementos para conceder un ‘injuction’, vemos que en este caso no se configuran los mismos”. Además, señaló que para que proceda la concesión de un remedio de interdicto “es necesario que la parte que lo solicita demuestre que ha sufrido o sufrirá un daño inminente irreparable que no puede ser remediado por los remedios ordinarios de ley”.

Asimismo, el juez Pagán Ocasio resaltó que el Tribunal Supremo Federal ha resuelto que la censura previa constituye la violación más seria y menos tolerable a las garantías constitucionales de libertad de palabra y libertad de prensa, “razón por la cual no procede conceder la solicitud de ‘injuction’ preliminar y permanente con la consecuencia de censura previa presentada por la parte demandante”.

Por su parte, los demandados se mostraron jubilosos con la decisión del tribunal. “Han sido meses angustiosos por una demanda que siempre catalogamos como es totalmente frívola. Pero hoy quiero pensar que no triunfaron esos modelos caducos que le tienen miedo al escrutinio, a la supervisión, que utilizan métodos que no están basados en evidencia científica y que repetidas ocasiones tientan en contra de los derechos humanos”, señaló Rafael Torruella.

“El reporte no es dirigido en contra de algún centro de tratamiento en particular, aunque se debe aclarar que Hogares Crea es el mayor proveedor de este tipo de servicios con casi un 45% de los centros en Puerto Rico y ha admitido públicamente que practica la ‘terapia de representación y ventas’ y ‘la terapia de confrontación’ que para muchos resultan altamente humillante y degradante”, manifestó Torruella.

“Estamos sumamente agradecidos del equipo legal, no permitieron que silenciaran a las personas que expresaron sus experiencias vividas en los centros de tratamiento para nuestra investigación y se mantuvo su confidencialidad”, señaló la psicóloga social Débora Upegui-Hernández.

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