Llamado de atención de la Corte a la Fiscalía frente a trato de consumidores de estupefacientes en Colombia

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Llamado de atención de la Corte a la Fiscalía frente a trato de consumidores de estupefacientes en Colombia

8 diciembre 2014

El mensaje de la Corte Suprema de Justicia es claro: los consumidores de estupefacientes no son per se delincuentes y, por ello, no hay razones para perseguirlos, apresarlos y condenarlos. Ese alto tribunal sostuvo que "el drogadicto, incluido su entorno familiar, es sujeto de una especial protección constitucional porque es concebido como una persona enferma. Además, el consumidor en general es también sujeto de una discriminación positiva porque se establecen en su favor medidas curativas y rehabilitadoras en el nivel normativo superior".

E indicó que, en atención a ello, la Fiscalía y la Policía deben "dirigir su persecución hacia los verdaderos traficantes de narcóticos que son quienes lesionan o ponen en peligro efectivamente los bienes jurídicos tutelados". Y que, en cambio, a los consumidores deben "brindarles la protección reforzada a que también están obligados por ser todas ellas autoridades estatales". Este pronunciamiento hace parte de una sentencia en la que la Corte Suprema de Justicia confirmó la absolución de un joven de Bello (Antioquia) que fue detenido con 52 gramos de marihuana y 0.8 gramos de cocaína.

La Corte sostuvo vehemente que "así las cosas, cabe concluir que en Colombia, la despenalización del consumo y porte de drogas estupefacientes en cantidades normativamente señaladas como dosis para uso personal es tema que constitucional, legal y jurisprudencialmente ha de entenderse por superado, máxime si desde el marco constitucional se ha comprendido que el adicto es un enfermo que requiere de atención especial del Estado, a fin de lograr su recuperación". Por ello este nuevo llamado de atención: para que las autoridades dejen de capturar drogadictos y se enfoquen, mejor, en detener a los narcotraficantes.

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