La reforma de antecedentes penales en Costa Rica: Un paso hacia la proporcionalidad e inserción social y laboral de las mujeres en conflicto con la Ley Penal

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La reforma de antecedentes penales en Costa Rica: Un paso hacia la proporcionalidad e inserción social y laboral de las mujeres en conflicto con la Ley Penal

3 julio 2017

Ana Chaves fue una de las cientos de mujeres beneficiadas con la reforma “77 bis”, que redujo de 8 a 3 años las penas de prisión por el delito de introducción de drogas a centros penitenciarios en Costa Rica, y la razón por la que logró salir anticipadamente de la cárcel en el año 2013. Y a pesar de que aprovechó cada día de encarcelamiento para estudiar y superarse, la existencia del antecedente penal, le impedía conseguir un trabajo formal. Pero gracias a otra reciente reforma legislativa que se entró en vigencia en enero del 2017, Ana fue una de las primeras en obtener la “hoja de delincuencia”, pues ya había transcurrido el tiempo legal de registro de los antecedentes.

La reciente Ley 9361 que reformó el registro judicial en Costa Rica[1]permite a las personas que hayan recibido una condena penal, eliminar sus antecedentes penales en menos tiempo, de acuerdo a una escala que considera el monto de la pena y el delito cometido. Si durante el proceso penal se demuestra que la persona condenada enfrentaba condiciones de vulnerabilidad al momento de la comisión del delito, el juez de ejecución de la pena también podrá ordenar la cancelación del registro una vez cumplida la pena impuesta. Esta es otra forma en que el Estado costarricense introduce los principios de proporcionalidad y racionalidad en la política criminal, incluyendo delitos relacionados con drogas, que sin duda constituye un importante precedente para prevenir la discriminación social y laboral de personas que han enfrentado condenas penales.

Situación penitenciaria en Costa Rica

A pesar de ser un país con poco menos de 5 millones de habitantes, Costa Rica posee una de las tasas de encarcelamiento más altas de América Latina, con muchos desafíos tanto en infraestructura como en legislación penitenciaria. Con más de cuarenta años de promulgación del Código Penal, el país aún no cuenta con una ley de ejecución penal y del sistema penitenciario. La existencia de un registro criminal que se mantenía hasta 10 años posteriores finalización de la condena, sin ningún tipo de diferenciación entre penas cortas o penas largas; era otro elemento que perjudicaba directamente la integración social de las personas que han tenido algún conflicto con la ley, aunque ya hubieran pagado su condena.

Según información del Ministerio de Justicia y Paz, para junio de 2016 habían 13.230 personas privadas de libertad, conformada por un 96% de hombres y un 4% de mujeres (destacando que el 53,8% de las mujeres está por delitos relacionados con drogas); con una tasa de 40,6% de sobrepoblación sobre todo en la población masculina. Ya que en la población femenina por otro lado disminuyó la cantidad de mujeres encarcelada por delitos relacionados con drogas, gracias a la aprobación de la Ley 9161, que reformó la

Ley de Psicotrópicos[2]. La reforma, implementada en el 2013, conocida como “77 bis”, bajó las penas previstas para las mujeres que introducen drogas a centros penales de un mínimo de 8 a 3 años, si cumplen con una serie de condiciones[3]. Dado que una sentencia de 3 años permite el uso de medidas alternativas al encarcelamiento, el resultado inmediato de esta reforma fue el egreso, en una primera etapa de aproximadamente 120 mujeres. Hecho que además solucionó el problema de sobrepoblación que tenía el centro penitenciario de mujeres, llamado Buen Pastor en ese momento, y desde inicio del 2017 Centro de Atención Institucional (CAI) Vilma Curling Rivera[4].

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